SC+ Logo Ajuntament

Información adicional

versió imprimible

Matrimonio con ceremonia

Los matrimonios con ceremonia se realizan un sábado al mes. El acto civil se celebra en la Sala de Plenos, que tiene una capacidad de cerca de 80 personas sentadas. Tiene una duración aproximada de 25 minutos y pueden asistir todos los invitados que se quiera.

Música y decoración

Hay momentos determinados en que se pone música: entrada de la novia o de los novios, si éstos vienen juntos; cuando la pareja se coloca las alianzas; cuando novios, testimonios y alcalde firman las actas matrimoniales; y cuando se acaba la ceremonia.
La música es clásica, pero si se quiere otro tipo hay que facilitar al Departamento de Protocolo un CD con cuatro canciones. La sala se engalana con dos ramos grandes de flores.

Poema conmemorativo

También se ofrece a la pareja la posibilidad de editar una tarjeta con un poema o texto que se desee, con los nombres y la fecha del enlace. Se harán tantas tarjetas como invitados y compromisos tenga la pareja. Además, hacia el final de la ceremonia, se puede hacer la lectura pública de este poema o texto, por la persona que la pareja haya escogido. Finalizada la ceremonia y durante la salida de los novios se procederá a repartir la tarjeta a los invitados..

Nota: para este tipo de enlace el problema fundamental es las fechas. Por este motivo se debe consultar previamente con el Departamento de Protocolo.



Matrimonio sin ceremonia

Hay la posibilidad de oficiar la boda sin ceremonia. En este caso no hay día concreto sinó que se realizan de lunes a viernes (alrededor del mediodía).

En este acto de formalización de la relación ho hay invitados, aunque pueden venir entre 10 y 15 acompañantes. El acto se realiza sin música, flores ni poema.. No está permitido lanzar arroz a la salida. Este acto es el que denominamos acto administrativo.

La duración es de unos 10 minutos, en los que se hace la lectura de los artículos del Código Civil que hacen referencia a los derechos y deberes de los contrayentes; se solicita el consentimiento de los testigos; se pide el consentimiento de la pareja; se colocan las alianzas (opcional); y se firman las actas matrimoniales.

Más orientación

Para las dos maneras de hacer es imprescindible un informe que realiza el Registro Civil de Santa Coloma. Para hacer este trámite os pedirán una serie de documentos (partida literal de nacimiento, hoja del padrón correspondiente a los dos últimos años, fotocopia del DNI, rellenar unos impresos...) Toda la documentación hay que presentarla en el Registro Civil porque es allí donde se tramita. Este trámite, que no es inmediato, tiene una duración entre un mes y un mes y medio.

Si el trámite se hace en un Registro Civil fuera de Santa Coloma, se debe comunicar en aquel Registro donde se hará la boda. Una vez finalizado el expediente, hay que llevarlo al Registro Civil de Santa Coloma donde se hará un nuevo documento que es preciso llevar al Ayuntamiento.

Por este tipo de actos es preferible presentar toda la documentación en el Registro Civil. Cuando este organismo os diga aproximadamente cuando tendrán el informe, es cuando desde el Ayuntamiento os podremos dar fecha por celebra la boda. Para el Ayuntamiento es imprescindible disponer del informe del Registro, el único documento legal que autoriza la boda entre los miembros de la pareja. Sin este documento no se podrá realizar la boda.

Además de este informe, al Ayuntamiento hay que llevar fotocopia del DNI o pasaporte de la pareja y de los testimonios.