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De conformidad con la Resolución de fecha 19 de diciembre de 2007 dictada por el Teniente de Alcalde ejecutivo del Área de Recursos Internos y Promoción Económica, se hace público el calendario fiscal para el año 2008, siendo el periodo voluntario de recaudación el que se indica a continuación:
Período de cobro, del 3 de marzo al 5 de mayo de 2008.
- 1º Período de cobro, del 6 de mayo al 7 de julio de 2008.
- 2º Período de cobro, el 30 de septiembre de 2008 (exclusivamente para los recibos domiciliados)
Período de cobro, del 6 de mayo al 7 de julio de 2008.
Período de cobro, del 1 de octubre al 1 de diciembre de 2008.
Período de cobro, del 1 de octubre al 1 de diciembre de 2008.
Período de cobro, del 3 de marzo al 5 de mayo de 2008.
- 1º Período de cobro, del 3 de marzo al 5 de mayo de 2008.
- 2º Período de cobro, el 2 de junio de 2008 (exclusivamente para los recibos domiciliados).
- 3º Período de cobro, el 30 de septiembre de 2008 (exclusivamente para los recibos domiciliados).
- 4º Período de cobro, el 2 de diciembre de 2008 (exclusivamente para los recibos domiciliados).
Del 1 de octubre al 31 de desembre de 2008.
El pago de estos tributos y precios públicos se podrá hacer efectivo: - Con aviso normalizado: en cualquier oficina de la Caixa Catalunya, Caixa d’Estalvi i Pensions de Barcelona “La Caixa”, Caixa Laietana, Caixa de Sabadell, Caixa de Terrassa, Caixa Penedès, Caixa Manlleu i Caixa Manresa.
- Sin aviso: en cualquier oficina de la Caixa Catalunya.
Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigibles por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y, si es necesario, las costas que se produzcan. La exposición pública de los padrones fiscales correspondientes se iniciará los quince días antes a la apertura del periodo de cobro en periodo voluntario y se expondrá durante un mes. Contra los correspondientes padrones sólo se admitirán las reclamaciones y rectificaciones que se formulen o soliciten durante el periodo de su exposición pública.
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