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¿Qué requisitos se piden?

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Requisitos para pedir las ayudas

1

Los edificios para los que se solicita la ayuda deben haber sido construidos antes de octubre de 1995  (fecha de entrada en vigor del Decret 135/1995, de 24 de marzo, de desarrollo de la Llei 20/1991, de 25 de noviembre, de promoción de la accesibilidad y de supresión de barreras arquitectónicas, y de aprobación del Código de accesibilidad).

2

Que cumplan una de las características siguientes:

  • Que el recorrido de acceso que une la vía pública con cualquier vivienda implique subir o bajar un desnivel de tres plantas o má
  • Que el recorrido de acceso que une la vía pública con cualquier vivienda implique subir o bajar un desnivel de más de 12 metros
  • Cuando en un edificio haya más de doce viviendas por encima o por debajo de la planta de acceso
  • Edificios de vivienda plurifamiliares de menos de tres plantas en los que algún usuario demuestre una situación de movilidad reducida

 

3

Que el proyecto de instalación del ascensor cumpla los requisitos técnicos y estéticos establecidos en las Bases reguladoras del otorgamiento de subvenciones para la instalación de ascensores, aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento en fecha 2 de mayo de 2007.

4

Quedan excluidas las obras de mantenimiento y substitución de ascensores existentes

Requisitos para presentar la solicitud

Para poder acogerse a las subvenciones se necesita obtener el Test del Edificio (TEDI) o una certificación técnica equivalente que tienen carácter gratuito para el promotor. La Oficina de Rehabilitación municipal se encargará de su tramitación.
Además, en el momento de la solicitud hay que presentar la siguiente documentación:

a

Instancia para solicitar el TEDI o documento equivalente

b

Original y fotocopia para compulsar, o fotocopia compulsada del DNI o NIF de la persona que firma la solicitud y, si fuera necesario, de la documentación acreditativa de la representación de la entidad en nombre de que se actúa.

c

Hoja de solicitud de transferencia bancaria para el pago. En caso de que los solicitantes sean comunidades de propietarios hay que indicar los datos de una cuenta abierta a nombre de la comunidad.

d

En el caso en el que el solicitante sea el propietario del edificio (régimen de propiedad vertical), hay que aportar:

  • Fotocopia compulsada de la escritura o documento justificativo de la propiedad
  • Contrato o contratos de arrendamiento en vigor

 

e

En el caso en el que el promotor de la rehabilitación sea una comunidad de propietarios, hay que aportar:

  • Original y fotocopia para compulsar, o fotocopia compulsada del documento de identificación de la comunidad (CIF o equivalente)
  • Fotocopia compulsada del libro de actas de la comunidad donde se aprueban las obras de referencia con la relación anexa de copropietarios firmada por los representantes de la comunidad.

 

f

En el caso en que el solicitante sea un inquilino, hay que aportar:

  • Permiso del propietario para ejecutar las obras
  • Facultades de representación si se realiza la petición en nombre de una pluralidad de inquilinos o si es coarrendatario de su vivienda

 

g

Hay que aportar, también, la siguiente documentación técnica:

  • Proyecto técnico, básico y de ejecución, debidamente visado
  • Presupuesto del contrato de la empresa que realiza las obras debidamente desglosado por cada concepto, con las mediciones y sus correspondientes precios unitarios. No podrán incluirse en el presupuesto las obras que no tengan por finalidad la instalación del ascensor
  • Licencia municipal de obras, o justificación de su solicitud.
  • Test del Edificio (TEDI), de acuerdo con lo establecido en el art. 5 del Decret 455/2004

 

h

Para acogerse a la cláusula social habrá que aportar:

  • Original y fotocopia o fotocopia compulsada de la declaración sobre el impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF) correspondiente al período impositivo inmediatamente anterior, a plazo vencido, de cada uno de los miembros de la unidad familiar del solicitante o certificado de estar exento
  • Certificado del catastro.
  • Copias de las resoluciones de otros organismos públicos o privados en que se haya resuelto una solicitud de ayuda para la rehabilitación.
  • Otros documentos que acrediten la frágil situación económica del solicitante.

 

El Ayuntamiento se reserva el derecho a solicitar cuantos otros documentos considere necesarios para asegurar el cumplimiento de los requisitos legales.

Ayudas ascensores